Qué es la DCI y por qué no sirve para recetar

La OMS creó el estándar Denominación Común Internacional (DCI) [en inglés International nonproprietary name (INN)] en 1950 para ponerle un código y nombre a cada sustancia farmacéutica o principio activo y favorecer la comunicación internacional de principios activos. Hasta antes de este estándar, diferentes laboratorios podían llamar al mismo principio activo con nombres diferentes y hacer muy difícil el entendimiento de los tratamientos médicos.

Las farmacéuticas o laboratorios que desarrollan nuevos principios activos son quienes solicitan registrar una nueva sustancia y pagan 12.000 USD por cada registro.

Básicamente, tienen que enviar la fórmula química de la sustancia nueva y una propuesta de nombre (según guías DCI). La OMS revisa la propuesta y puede modificar el nombre o aceptarlo.

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Cuando se aprueba, aparece en una nueva LISTA de la DCI, que es una revista en PDF que se publica 4 veces en el año (por año se suman alrededor de 150 nuevas sustancias). puedes descargar las listas DCI en PDF aquí.

¿Todo principio activo tiene DCI?
La respuesta es NO.

No hay DCI para productos herbales (como el Hedera Helix que se da en pediatría para la TOS más conocido por el nombre comercial ABRILAR) u homeopáticos, y tampoco hay DCI para sustancias que tienen un largo historial de uso con fines médicos bajo nombres bien establecidos como los de alcaloides (por ejemplo, morfina, codeína), o nombres químicos triviales (por ejemplo, ácido acético, ácido acetilsalicílico).

¡Sí! como puedes ver. No EXISTE DCI para medicamentos de larga trayectoria en la medicina.

Así que si en tu país hay ley para recetar por DCI, no puedes recetarle ácido acetilsalicílico a los pacientes post-infarto (no cumples la LEY). ¿qué te parece?

Además, como los DCI se crean para la parte activa de las moléculas, tampoco existen DCI para las sales y ésteres que usamos los médicos (Ej. no hay DCI para el maleato de mepiramina (una sal de mepiramina con ácido maleico)

Si no todo lo que indicamos en medicina tiene DCI ¿cómo a alguien se le ocurre poner en leyes que la prescripción debe ser por DCI?

Es por desconocimiento. Cuando uno no sabe, a veces toma decisiones que atentan contra lo que uno está queriendo regular. Los tomadores de decisiones sin formación técnica contratan personas sin formación técnica que toman decisiones técnicamente equivocadas, como cuando se legisla utilizar CIE en una Historia Clínica Electrónica (HCE) (ver por qué JAMÁS hay que usar CIE en una HCE)

Además, los médicos prescribimos medicamentos complejos que muchas veces tienen muchas sustancias (en Chile hay más de 200 medicamentos que tienen más de 3 sustancias) por Ej:

ácido ascórbico 50 mg + cafeína 33 mg + noscapina 10 mg + paracetamol 400 mg cápsula y ácido ascórbico 50 mg + cafeína 33 mg + clorfenamina 4 mg + noscapina 10 mg + paracetamol 400 mg cápsula

Cuando los medicamentos son muy complejos o tienen muchas sustancias, se utilizan los nombres comerciales para prescribirlos ¿algún médico podría recetar todo lo que trae el SUPRADYN?

Entonces ¿Qué recetan los médicos?

Los médicos no recetamos “principios activos” aislados (que es la DCI). Nosotros recetamos una posología, que incluye:

  1. Sustancias (activas, inertes y co-adyuvantes), que pueden ir solas (ej. paracetamol) o en asociación (paracetamol + cafeína)
  2. Una cantidad específica de cada sustancia expresado como un número con su unidad de medida (ej. 500 mg)
  3. Una forma farmacéutica, que es la forma en la que esas sustancias en esa cantidad se venden (en comprimidos, ampollas inyectables, gotas, spray nasal…)
  4. Una frecuencia (1 comprimido cada 8 horas)
  5. Una vía por la que debe consumirse el fármaco (oral, ocular, dérmica, rectal…)
  6. Una duración (por 1 semana, por 3 meses…)

1) + 2) + 3) es lo que en Chile bauticé como Medicamento Clínico (MC) (en inglés el nombre es Virtual Medicinal Product VMP) y lo que debe utilizarse en una HCE para prescribir

Ejemplos de MC relacionados que incluyen paracetamol y cafeína

  • paracetamol 400 mg + cafeína 33 mg comprimido
  • paracetamol 500 mg + cafeína 50 mg comprimido
  • paracetamol 650 mg + cafeína 40 mg comprimido

En 2017, cuando trabajaba en el Minisetrio de Salud, fui parte del equipo que desarrolló la Terminología Farmacéutica Chilena (TFC) para lograr la interoperabilidad de recetas médicas en el país. Si quieres, puedes descargar la última versión disponibilizada por el Minsal en:

http://tfc.minsal.cl/

Si quieres descargar el listado 2020 de la DCI en Español, lo dejo en este enlace. Para descargar las siguientes versiones puedes hacerlo desde https://mednet-communities.net/ (debes registrarte)

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Me parece que la intención debió ser buena, pero me quedan dudas de cómo afectará en la práctica.
Se fiscaliza su cumplimiento? y si es así, cuál sería la medida a aplicar frente a una receta de Abrilar , Bion, etc?
Hay alguna excepción que se pueda agregar a la ley sin afectarla?

Por otro lado médicos sin marca declara algunos de sus beneficios:
La prescripción por DCI facilita la identificación de los medicamentos a través de un lenguaje estandarizado a nivel internacional
La prescripción por DCI ayuda a disminuir el riesgo de errores durante la prescripción o dispensación
Resguarda relativamente la prescripción de influencias comerciales
Promueve el uso de genéricos y optimiza la utilización de los recursos

Como conclusión me quedo con que necesitamos que los tomadores de decisiones se asesoren con técnicos, o que técnicos sean parte de estos grupos… cómo podemos colaborar en estos temas?

saludos y gracias siempre por tan buenos posteos

El problema está en desconocer el estándar, sus objetivos y usos.

Estas 2 frases tienen que reformularse de la siguiente manera:

  • La prescripción por DCI facilita la identificación de los medicamentos a través de un lenguaje estandarizado a nivel internacional
  • La prescripción por DCI ayuda a disminuir el riesgo de errores durante la prescripción o dispensación

La palabra DCI debe reemplazarse por “PRINCIPIO ACTIVO”, o “SUSTANCIAS MEDICAMENTOSAS”

La DCI no es SINÓNIMO DE “PRINCIPIO ACTIVO” o “SUSTANCIAS MEDICAMENTOSAS”, pero el legislador la utiliza por error así.

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Es un gran tema, considerando que tengo 10 años de trayectoria en política, es que efectivamente hay parlamentarios que no escuchan a sus asesores o se dejan asesorar por un no experto.
Ahora seria ideal que existiese un DCI que incluyese los principios activos en su totalidad pero por lo menos estimo que no va a existir en 10 años a lo menos. Otro problema es la asociación de principios activos en un fármaco. Un buen ejemplo de uso frecuente es el cotrimoxazol que es una asociación de Sulfametoxazol y Trimetoprima cuyos uso por separado son casi inexistentes.
¿Que opinan de usar la codificación ATC/DDD OMS?

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Me segundo post sobre fármacos se llama

ATC es una clasificación, aprende por qué no sirve para recetar

Lo voy a postear la próxima semana (tendrás que esperar).

Lamentablemente, los estándares de la OMS que fueron diseñados para un uso bien concreto son mal-utilizados y generan muchos problemas.

Mi tercer post es sobre el estándar que fue creado justamente para resolver este tema… y el que hay que utilizar.

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Excelente columna Alejandro, totalmente de acuerdo que DCI solo es un apoyo para la prescripción médica electrónica.

Considerando experiencias internacionales, el proceso de prescripción se realiza con Medicamento Clínico (MC) y su relación con los Productos Comerciales (marca + concentración + forma farmacéutica + laboratorio farmacéutico)

  • 1 MC ---- * Producto Comercial (PC)
    relación 1 a muchos

Cuando los médicos se enfrentan a multivitaminicos, mas de una forma farmacéutica, activos complejos como esteres, es mejor utilizar una marca y asociarla con un MC

Además, existen medicamentos con nombres de uso común o que tienen sinonimia y es difícil para el prescriptor cambiar una cultura de nombres de activos por años (suero fisiológico 0,9% v/s cloruro de sodio v/s NaCl, ¿cuál elegir?)

Estoy de acuerdo, en que la Ley de Fármacos II, se tiene que realizar una mirada más práctica para la prescripción en la elección del DCI, porque sabemos que el camino es:

  • Medicamento Clínico apoyada con atributos como via(s) de administración, unidades, condición de venta, más los conceptos insertos en la posología del medicamento (dosis + frecuencia + periodo de tratamiento), por lo tanto DCI queda corto para la prescripción.

Es fundamental seguir trabajando con una Terminología Farmacéutica que cumpla con estándares tanto semánticos como sintácticos, que son los ladrillos para empezar a resolver casos de uso como la Receta Médica Electrónica.