Estimados
Quizás este tema ya lo han tratado antes. El uso de WhatsApp como herramienta tecnológica para comunicarse directamente con el paciente.
Segun ord. N° 2448 del 04 de Agosto de la Subsecretaria de redes asistenciales indica que “Teleconsulta es una consulta a distancia realizada a través de herramientas tecnológicas entre un paciente y un miembro del equipo de salud”. Con solo este concepto, se puede utilizar el actual Whatsapp para realizar esta acción. Existe documentación o normativa que la prohíba?
Gracias
En USA lo habilitaron para hablar con los pacientes y hacer teleconsultas (antes estabas prohibido usar esa plataforma). En Chile no hay ninguna “limitación” hasta donde hemos visto.
No obstante, aprovecho el post para analizar si está OK utilizarlo en el ambiente clínico también.
¿Deberíamos utilizar el WhatsApp para comunicarnos entre el equipo de salud?
Hace unos meses haciendo una clase un médico hematólogo me comentó cómo seguían a pacientes con TACO (Terapia Anticoagulante Oral) a través de WhatsApp desde hace meses y cómo había mejorado considerablemente el acceso de los pacientes y su satisfacción. Básicamente, el grupo de hematólogos se coordina entre sí con las enfermeras del programa de TACO, y después con los pacientes.
Esto es parte del día a día en casi todas las instituciones de salud, y los grupos de CHAT de coordinación del equipo de salud solo aumentan.
Esta revisión sistemática presenta la evidencia de la literatura
Se revisaron 38 estudios de uso de aplicaciones para la comunicación entre equipos. Las más destacadas fueron:
- 8 Aplicaciones móviles creadas a la medida del hospital
- 4 WhatsApp
- 3 Smartphone genérico
- 2 Sistemas de mensajería de los smartphones (mail, SMS)
En general, los clínicos indican que tener sistemas de comunicación flexibles mejoran considerablemente la coordinación y eficiencia de los equipos clínicos.
¿Qué dice la Joint Commission International (JCI)?
La JCI dice que los sistemas de mensajería no deben utilizarse para hacer indicaciones al equipo de salud . Básicamente indican esto porque, en una comunicación por mensajería, uno no puede hacer el CheckBack inmediatamente (validar que el otro entendió lo solicitado). Por eso promueven que si no se puede indicar presencialmente, hacerlo por teléfono (para que quién reciba la indicación pueda re-preguntar si tuvo dudas).
Estimado
Muchas gracias por el aporte.
Si bien es cierto el uso de Whatsapp podría estar en duda, el uso para atención o comunicación entre clínico y paciente directamente no debería estar vetado ya que las indicaciones y orientaciones son dadas directamente al dueño de la información.
Roberto Vera R.
Hola
La idea es que la atencion via telemedicina garantice la misma calidad que una presencial
La consulta entre medico y usuario para ciertas especialidades se hace relativamente facil si el usuario cuenta con un nivel educacional adecuado y puede expresar con facilidad sus sintomas o signos
Sin embargo nuestra experiencia en las regiones no permite anamnesis clinica acertada arriesgando al especialista a cometer errores, el usuario del area publica es distinto al de Stgo por ejemplo y al que va a una clinica
En regiones necesita a un profesional a su lado que sean las manos del especialista al otro lado, y ayuden a dar una orientacion diagnostica en el fondo que se responsabilice por un tratamiento o indicacion y su seguimiento.
No podemos abrir aun mas la brecha en calidad al contrario debemos garantizarla, y es parte del modelo de salud familiar.
Si toda atencion de salud debe estar registrada en historia clinica del paciente y disponible frente a la justicia.
Por esta razon se disponen plataformas que interoperan con los registros y permite que todo profesional pueda acceder a los tratamientos o antecedentes del usuario
Los grupos de coordinacion que habilitemos entre equipos por wps son para nosotros.
La UDEC tiene una abogada, que conoce muy bien estos temas podrian invitarla a foros
Y pudiesemos revisar con ella la ley 20584 entre otras
Muchas gracias por la referencia, muy pertinente en estos tiempos.
En Chile, WhatsApp es una de las redes sociales de uso mas masivo, por lo que cualquier estrategia de telesalud debe considerar su importante presencia y uso en nuestro población, a diferencia de lo que ocurre en otros paises como Canada donde vemos que aun los mensajes de texto siguen siendo un medio de comunicación muy vigente, y las personas por acá son mas reacias a la inmediatez e invasión de la vida privada que genera una aplicación como Whatsapp.
Hace unas semanas escuché la presentación de Lilian Ma Cardenas, responsable de la Dirección de Telemedicina del gobierno del Peru. Ella hablaba de que una estrategia de telemedicina sin duda mejora el acceso pero debe preocuparse de mantener o mejorar la calidez y calidad de la atención presencial, que es una preocupación que debemos mantener en estos tiempos. Las tecnologías deben ser usadas de forma segura, debemos conocerlas bien, establecer protocolos de uso que respecten la normativa y la dignidad de las personas.
Les comparto un buen artículo sobre algunas consideraciones éticas y de profesionalismo a tener en cuenta en el uso de redes sociales, que pueda aportar a esta interesante discusión.
https://journals.sagepub.com/doi/10.1177/0840470419893773
Atentamente
La razón por la que utilizar WhatsApp con pacientes puede ponerlo en riesgo es porque Facebook comparte información con terceros. Aquí puedes ver información al respecto Cuando una app pone en riesgo tu información de salud mental
Es por ello que en USA el utilizar sistemas de video de grandes corporaciones que tienen intereses comerciales relacionadas con el uso de la información y no con la “prestación de un servicio” (por eso WhatsApp es gratis), estaban restringidos.
El utilizarlos ahora es por tema de pandemia, pero la normativa previa respecto a estas empresas yo creo que regresará (por el bien de los pacientes).
El bien de los pacientes sobre todo los de escasos recursos es garantizar su atención y eso ha sido en nuestro caso y por la experiencia de otros centros en comunas vulnerables gracias a WhatsApp por consumo de datos analfabetismo digital o lo que fuere el motivo). El resguardo del registro si se debe garantizar no hay duda. Pero el pensar que la salud digital en este momento puede funcionar sin WhatsApp es segregar y vivir cerca de la realidad de unos pocos.
Las personas utilizan WhatsApp porque es muy USABLE (fácil de utilizar sin necesidad de tener una capacitación sobre cómo hacerlo).
Los sistemas de información en salud deben adquirir esta capacidad de ser fáciles de utilizar.
¿Qué dirías si a un paciente que atendiste por WhatsApp por ludopatía cuando ingresa a Facebook le aparece una propaganda de Poker online?
Este es el real problema con estos sistemas “gratuitos” y los profesionales de la salud deben tenerlo presente a la hora de elegir las herramientas tecnológicas.
En mi visión, WhatsApp es estupendo para muchas cosas, como por ejemplo, para enviarle al paciente que tiene en 10 minutos una cita de teleConsulta y que debe hacer clic en un enlace que lo lleva directamente a la videoconsulta. De esta forma, utilizamos lo bueno de WhatsApp para “llegar”, pero evitamos lo malo de WhatsApp que es “entregarle información sensible de pacientes”.
Buen dia Mauricio, serías tan amable de enviarme el full text de ese paper?
Desde ya muchas gracias
Laura
lo mismo que pasa con los famosos drive, que no es que no sean seguros en términos informáticos, sino que al usarlos sobre cuentas gratuitas no tienes mucha protección legal de los términos contractuales que van cambiando por el lado del proveedor. A diferencia si tienes una cuenta corporativa de drive, o de whatsapp API for Business donde si tiene un contrato el cual te da una mayor protección frente a cambios unilaterales.
Entiendo que también hay un tema legal aunque exista un contrato con la empresa. Ya que los datos se encuentran alojados fuera del territorio nacional, es decir las leyes de Chile no aplican donde se alojan los datos. En el caso que se accedan a los datos de pacientes en EEUU (Por ejemplo), ¿Qué herramientas legales tienen las organizaciones en Chile para poner una demanda o un recurso de protección sobre esta acción?
Aun no veo documento legal que impida poner datos fuera de territorio nacional chileno… epivigila está en Amazon AWS , comisaría virtual está en Amazon AWS. Ahora, si tienes datos fuera de chile y tienes un problema legal, puede demandar en el país con leyes de protección de datos locales y/o derecho internacional. Que una empresa tenga una oficina en chile que muchas veces es bien de papel, no te asegura mucho tampoco. Generalmente la seguridad de algunos productos grandes es bien alta al igual que los cloud donde están alojados ejemplo: https://aws.amazon.com/es/compliance/hipaa-compliance/ , el tema es que la seguridad es compartida y ahí es donde esto puede fallar ya que no sacas nada de contratar amazon aws que tiene una centena de certificados de seguridad, si tu como cliente no estas a la par de esas buenas prácticas. Spoiler: lo bueno de chile es que hay bastantes leyes y argumento tanto para los que están a favor o en contra de los cloud para datos en salud
Claro, no existe una ley que lo impida. La pregunta está en “Qué hacer en caso que pase” (que se acceda a los datos). Desconozco cual es la legislación en EEUU, pero en Chile lo que manda es la Ley 19.628. Ley de Protección de la Vida Privada; Ley 20.584. Regula los Derechos y Deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en Salud; Ley 19.779 que establece normas relativas al virus de inmuno deficiencia humana; Ley Nº 20.120 Sobre la investigación científica en el ser humano, su genoma, y prohíbe la clonación humana (entre las que conozco)… En todas estas leyes se hace mención a la propiedad de los datos y regula el acceso a estos… El que epivigila esté en AWS y otros servicios púbicos igual, no me da certeza que esté apegado a la ley…
Y ojo, no es que yo esté en contra, creo que Google, Amazon, Microsoft tienen mucha más seguridad que plataformas locales públicas, pero el tema está en que la ley lo regule.
Yo -sin ser abogado desde luego- pensaría que cuando los “titulares de los datos” (data subject) son personas basadas en Chile (pacientes) y el prestador que actúa como “data controller” de esos datos está presente y ofrece sus servicios en Chile (prestador de salud)… las leyes chilenas de protección de los datos aplican de todas maneras, independiente que el “data processor” sea Amazon y que el “data controller” (prestador) decida guardarlos en una cualquiera de las zonas (o más de una) de Amazon fuera del país.
En otras palabras, sospecho que no importa en qué país del mundo un prestador que opere en Chile quiera guardar los datos de sus pacientes chilenos… siempre seguirá manteniendo su responsabilidad respecto a lo que establecen las leyes de Chile sobre el tratamiento y protección de esos datos.
De todas maneras estas inquietudes son para abogados expertos obviamente, pero el sentido común nos dice que si fuera tan fácil eludir las regulaciones guardando los datos en otros país… estaríamos en problemas. A ver si algún abogado se anima a participar de esta discusión.
A mi parecer el uso de Whatsapp puede tener ventajas y desventajas.
Por el lado de las ventajas, es una aplicación universal, de uso fácil, ademas al ser gratis es accesible, tambien al poder descargarla en el telefono uno siempre la va a tener a mano, ya que, el telefono en estos tiempos es casi una necesidad por las diversas funciones que este nos otorga, por lo mismo, si nos quieren comunicar algo por este medio, la información llegara de forma bastante rápida.
Por otro lado las desventajas, uno nunca conoce al 100% una aplicación, uno no sabe a donde puede llegar la información que se esta mandando, por lo mismo, al comunicar un caso de alguna paciente se esta perdiendo la confidencialidad que hay entre el usuario y personal de la salud.
Creo que le uso de whats app en el uso de medico puede ayudar bastante a veces para cosas pequeñas, pero a la vez seria muy riesgo para el paciente recibir atención solo por este medio, además también seria peligroso del parte del medico entregar indicaciones a un paciente inexperto. Tal vez puede servir para consultar algo menor pero mas allá de eso seria mucho mas recomendable que sea presencial.
Hola a todos
Creo que existen varias aristas importantes sobre el uso de whatsapp para una Teleconsulta:
- Como ya dijeron, los datos pueden quedar guardados de forma confidencial en los servidores de Facebook. Otro tema es que esta empresa vaya a usar esa información para promociones, marketing, etc.
- Muchas veces, se genera un respaldo de las fotos y texto de la aplicación en el celular. Lo cual compromete la confidencialidad.
- No queda registro en el RCE.
- Como se puede asegurar que en ambos extremos (celular del médico y del paciente) están quien dice estar?
Creo que existen muchos problemas. Quizas solo se debe usar la mensajeria para responder dudas concretas, pero no es factible realizar una teleconsulta adecuada.
Uno puede utilizar WhatsApp, ZOOM, Google Meet, Microsoft Teams como medio para la videoconferencia y después escribir en el RCE. Si esto se cumple, el uso de la herramienta es meramente para establecer una conexión de video.
Asegurar quién está en cada extremo, autenticar e identificar usuarios, es un desafío con todos los sistemas que no utilicen un sistema de autenticación validado, como por ejemplo ClaveÚnica del Registro Civil. Ahí, tienes un método de autenticación. La forma actual de validar quién está de cada extremo es presentar el Carnet de Identidad a la cámara junto al rostro (lo mismo que hacemos de forma presencial).
El problema más complejo de utilizar una herramienta “gratuita”’ como WhatsApp, Google Meet o Zoom, es que el modelo de negocio de la empresa es el re-uso de información para fines comerciales.
Durante el Covid-19, USA, un país que tiene una ley ad-hoc para el manejo de la seguirdad de la información en salud levantó las barreras de uso de estas herramientas y permitió, durante la pandemia, usar cualquiera de estas. Pueden ver más info en Super-Telemedicina contra SARS-Cov-2