Consecuencias inesperadas de la nueva Ley del Derecho a la Identidad de Género en Chile

El 20 de Noviembre fue despachada para promulgación la nueva Ley del Derecho a la Identidad de Género. Sin lugar a dudas, que definir este tema es muy importante en la justicia de identificar correctamente el género de las personas, no obstante, el impacto en los sistemas de información no es menor.

La nueva Ley
http://www.senado.cl/appsenado/index.php?mo=tramitacion&ac=getDocto&iddocto=24084&tipodoc=ofic

Permite:

  • Realizar el cambio de nombres y de sexo en las partidas de nacimiento, carnets y la actualización en todos los sistemas de información
  • Mantener el mismo número de RUT

En términos prácticos, se realizará un update a las variables “nombres” y “sexo”.

¿Qué implicancias tiene esto?
La variable Sexo es utilizada en los Sistemas de Información en Salud para diferentes propósitos, como ser:

  • Presentar opciones en las Historias Clínicas Electrónicas (HCE) según sexo: Ej. presentar las opciones de “control de embarazo” para el sexo FEMENINO o presentar distintos parámetros fisiológicos como los del desarrollo de los caracteres sexuales secundarios (estadíos de Tanner), para el sexo MASCULINO y FEMENINO.
  • Dar soporte a la toma de decisiones según sexo. Por ejemplo, dar soporte ante la solicitud de exámenes con iradiación alertando al profesional si el paciente es de sexo FEMENINO y está en edad fértil o alertar al médico al prescribir un medicamento teratogénico en un paciente sexo FEMENINO en edad fértil.
  • El crecimiento ponderal se sigue por las curvas de crecimiento, que son diferentes para sexo FEMENINO y MASCULINO. Los sistemas muestran la curva correspondiente al sexo registrado.

¿Qué sucederá en Chile en 2019?
Vamos a ver los primeros casos de:

  • Cáncer de próstata, testículo y pene en pacientes de sexo FEMENINO
  • Cáncer de cervix, de trompas de falopio, de ovario y de útero en pacientes de sexo MASCULINO
  • Embarazos y partos en pacientes de sexo MASCULINO
  • Disfunción erectil en pacientes de sexo FEMENINO
  • Prostatismo, orquitis, eyaculación precoz, fimosis, balanitis y hemofilia en pacientes de sexo FEMENINO
  • Amenorrea, miomatosis, bartolinitis, atrofia vaginal, dismenorrea, vaginitis, endometriosis, enfermedad inflamatoria pélvica, menopausia, síndrome de ovario poliquístico y síndrome de Turner en pacientes de sexo MASCULINO

¿Cómo debería resolverse este problema en los Sistemas de Información?
Es muy complejo y difícil de resolver para los Sistemas de Información en Salud. En otros países, existen en las bases de personas 2 campos de Nombres y 2 campos de Sexo.

  • Nombres_iniciales
  • Nombres_alias
  • Sexo_inicial
  • Sexo_alias

En aquellas personas donde el se encuentra con datos nombres_alias o sexo_alias, este es el que se presenta en todos los sistemas de información, en términos de presentación del paciente, no obstante, los sistemas de ejecución de lógicas de negocio utilizan el sexo_inicial.

Esto no resuelve el problema, y sólo lo mitiga en aquellas personas que ya existían en la base de datos con el sexo_inicial registrado. A medida que pase el tiempo, las personas trans vendrán por primera vez con su sexo de identidad y ya no sirve esta forma de resolver el problema.

Son grandes los desafíos de esta ley para los Sistemas de Información en Salud.

CONSECUENCIAS_EN_SIS_LEY_IDENTIDAD_DE_GENERO_v2

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Muy interesante la columna de Hernán Corral en el Mercurio sobre este tema.

La ley les dirá a las y los trans que deben “normalizarse” asumiendo el carácter binario de la sexualidad biológica, porque de lo contrario no podrán ser aceptados por la sociedad. No serán discriminados porque en el Registro Civil y demás documentos públicos habrán sido invisibilizados.

Con ello, se incurre en una distorsión de la identidad de género, ya que, contrariamente a lo que se sostiene, se la pasa a hacer coincidente con la noción de sexo. Las teorías de género nos han enseñado que el género es diverso del sexo, porque se independiza de lo biológico y se trata de una construcción cultural y últimamente psicológica o autopercibida. Entonces, ¿por qué pretender que esa identidad en los registros públicos venga a ser identificada como sexo? La única respuesta coherente es que la sociedad no está dispuesta a aceptar a quien tiene un género que no se corresponde con su sexo, de modo que solo está dispuesto a tolerarlo en la medida en que finja que no presenta esa disociación.

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Un hombre transgénero fue a un Hospital en UK por “dolor abdominal”. El médico que lo atendió pensó que se trataba de un problema gastrointestinal, pero el paciente estaba embarazado.

Con demora, se le practica una cesárea de urgencia, pero el niño nace muerto (mortinato)

En la Historia Clínica Electrónica (HCE) decía Sexo = Hombre

Link al artículo de NEJM
https://www.doi.org/10.1056/NEJMp1811491

Video explicativo de INFOBAE

Cuando las leyes homologan SEXO BIOLÓGICO a IDENTIDAD DE GENÉRO, el campo SEXO en las HCE deja de ser confiable.

Las formas que vemos de resolverlo es:

  • Marcar las HCE con un nuevo campo que se llame TRANSGÉNERO = SI/NO. El profesional que genere vínculo con el paciente y éste le comente que es TRANSGÉNERO debería marcarlo en el sistema.
  • Volver a antiguo “pasar la voz” en estos casos para alertar al equipo clínico.
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Este video muestra todas las combinaciones que se dan en la vida real en DIVERSIDAD SEXUAL

Imperdible para entender fácilmente, conceptos que son complejos

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